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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1586103 2019


(CVE 1586103)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES QUE SE INDICAN Y ESTABLECE PARA LOS AÑOS 2019 Y 2020 LOS SUJETOS PASIVOS DE LA LEY 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, EN LA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

(Resolución)

Núm. 1.624 exenta.- Valparaíso, 30 de abril de 2019

Vistos:

Las facultades que me confiere el DFL N° 5, de 1983; el DFL N° 1 de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, y su Reglamento aprobado mediante decreto supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por DS N° 430 de 1991, del entonces llamado Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones, y las resoluciones exentas N° 2.023 de 2018 y N° 1.246 de 2019, ambas de esta Subsecretaría.

Considerando:

Que, la ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, entró en vigencia el 28 de noviembre de 2014.
Que, conforme a lo señalado en el artículo 5° del Reglamento de la Ley 20.730, aprobado mediante el decreto supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, esta Subsecretaría debe establecer los funcionarios que serán considerados sujetos pasivos de lobby o de gestiones de intereses particulares.
Que, para los efectos anteriormente descritos, se dictó la resolución exenta N° 2.023 de 2018, modificada por la resolución exenta N° 1.246 de 2019, ambas de esta Subsecretaría, estableciéndose los sujetos pasivos de la ley N° 20.730 determinados por la autoridad de esta repartición.
Que, conforme al artículo 3° inciso 2° de la ley N° 20.730, estarán sujetos a las obligaciones que esa ley indica, cualquiera sea su forma de contratación, los jefes de gabinete de las personas individualizadas en el inciso primero, si los tuvieren; así como las personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, y reciban por ello regularmente una remuneración.

Resuelvo:

1.- Déjense sin efecto las resoluciones exentas N° 2.023 de 2018 y N° 1.246 de 2019, ambas de esta Subsecretaría.
2.- Establézcase que los siguientes funcionarios o servidores de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura serán considerados sujetos pasivos, para los efectos de la ley N° 20. 730 y su reglamento:

1. Jefe/a División Jurídica.
2. Jefe/a División de Desarrollo Pesquero.
3. Jefe/a División de Acuicultura.
4. Jefe/a División Administración Pesquera.
5. Directores/as Zonales de Pesca y Acuicultura.
6. Director/a Ejecutivo Fondo de Administración Pesquero.
7. Director/a Ejecutivo del Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura.
8. Jefe/a Departamento de Pesquerías.
9. Jefe/a Departamento de Análisis Sectorial.
10. Jefe/a Departamento Administrativo.
11. Jefe/a del Departamento de Pesca Artesanal.
12. Encargado/a Unidad de Abastecimiento.
13. Encargado/a Unidad de Informática.
14. Sr. Fernando Infante Cortés.

3.- Remítase copia de la presente resolución a Gabinete y a todas las Divisiones, Departamentos y Unidades de esta Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Anótese, comuníquese, publíquese a texto íntegro en el Diario Oficial y en el portal web de esta Subsecretaría y archívese.- Eduardo Riquelme Portilla, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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