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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1604496 2019


(CVE 1604496)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.011 EXENTA DE 2015, DE ESTA SUBSECRETARÍA, QUE APROBÓ EL PLAN DE MANEJO PARA LOS RECURSOS HUEPO, NAVAJUELA Y TAQUILLA DEL GOLFO DE ARAUCO, REGIÓN DEL BIOBÍO
(Extracto)
Por resolución exenta N° 2.078, de 6 de junio de 2019, modifícase la resolución exenta N° 3.011 de 2015, modificada por la resolución exenta N° 559 de 2018, todas de esta Subsecretaría, que aprobó el Plan de Manejo de los recursos Huepo, Navajuela y Taquilla del Golfo de Arauco, Región del Biobío, en el sentido de reemplazar su resuelvo número 3.-, por el siguiente:

3.- Establézcase un límite de extracción anual por el recurso Huepo de 1.200 toneladas, Navajuela de 6.946 toneladas y Taquilla de 2.162 toneladas.

Establézcase un límite de extracción de referencia por embarcación y buzo, para el recurso Huepo de 100 kg/día/embarcación y un buzo, 200 kg/día/embarcación y dos buzos y 300 kg/día/embarcación y tres buzos; y para el recurso Navajuela de 150 kg/día/embarcación y un buzo, 300 kg/día/embarcación y dos buzos, y 450 kg/día/embarcación y tres buzos. El buzo deberá contar con Registro Pesquero Artesanal en el recurso y estar empadronado de acuerdo a las condiciones establecidas por el plan de manejo.
Además, establézcase el siguiente límite mensual de extracción para los recursos Huepo y Navajuela:



El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 6 de junio de 2019.- Eduardo Riquelme Portilla, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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