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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA - SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA - DIRECCION NACIONAL


DO 1625777 2019


(CVE 1625777)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura / Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura / Dirección Nacional

DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY N° 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LA GESTIÓN DE INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.735 EXENTA, DE 3 DE MAYO DE 2018

(Resolución)

Núm. 1.767 exenta.- Valparaíso, 30 de abril de 2019.

Vistos:

El DFL N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DFL N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DFL N° 5, de 1983, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; la ley 20.730, que Regula el Lobby y la Gestión de Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución exenta N° 1.735, de 3 de mayo de 2018, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; y la resolución exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, conforme lo señalado en el artículo 3° de la ley N° 20.730, citada en vistos, tienen calidad de sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de dicha normativa, las autoridades que en dicha disposición se indican y aquellas personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyan decisivamente en quienes gocen de dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 3° precitado, el jefe superior del Servicio respectivo debe proceder anualmente a individualizar a las personas que se encuentren en dicha calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en su artículo 9°.
Que, conforme lo prescrito por el artículo 5° del Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, individualizado, mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente, se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones.
Que, mediante la resolución exenta N° 1.735, singularizada en vistos, el jefe superior del Servicio designó, en calidad de sujetos pasivos de la ley N° 20.730, a las autoridades allí individualizadas.
Que, de conformidad con las normas previamente citadas, procede designar, mediante nuevo acto administrativo, a los sujetos pasivos que se individualizarán en lo resolutivo del presente acto administrativo, atendido que detentan y ejercen atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyen de manera significativa en quienes cuentan con dichas atribuciones.
Que, finalmente, conforme lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 5° de la indicada ley, se preceptúa que [l]a nómina a que se refiere este artículo deberá encontrarse permanentemente a disposición del público, mensualmente actualizada y publicada en el sitio electrónico del Servicio..

Resuelvo:

1. Desígnanse en calidad de sujetos pasivos de la ley 20.730, citada en vistos, a los siguientes servidores públicos, en razón del cargo o responsabilidad que en cada caso se indica y a quienes los subrogan cuando ejerzan dichos cargos:

A. Subdirector/a Jurídico/a. B. Subdirector/a Nacional.
C. Subdirector/a de Pesquerías. D. Subdirector/a de Acuicultura.
E. Subdirector/a de Inocuidad y Certificación. F. Subdirector/a Administrativo/a.
G. Directores Regionales.
H. Jefe/a del Departamento de Gestión de la Información, Atención de Usuarios y Estadísticas Sectoriales.
I. Jefe/a del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. J. Jefe/a del Departamento Administrativo.
K. Encargado/a de la Sección o Unidad de Abastecimiento de la Dirección Nacional. L. Secretario/a Ejecutivo/a del Fondo de Fomento para la Pesca Artesanal.

2. Déjase sin efecto la resolución exenta N° 1.735, de 3 de mayo de 2018.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Alicia Gallardo Lagno, Directora Nacional, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.




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