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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1634723 2019


(CVE 1634723)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.115 EXENTA, DE 2013, DE ESTA SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

(Extracto)

Por resolución exenta N° 2.747, de 31 de julio de 2019, de esta Subsecretaría, modifíquese el numeral 1° de la resolución exenta N° 3.115 de 2013, que estableció la nómina de pesquerías y las especies que la constituyen por región, el respectivo arte o aparejo de pesca y categoría de pescador que la pueda extraer, y que conformarán el Registro Pesquero Artesanal, en el sentido que a continuación se indica:

Incorporar lo que se indica en la PARTE SEGUNDA: NÓMINA NACIONAL DE PESQUERÍAS ARTESANALES, REGIÓN, ARTE O APAREJO DE PESCA Y ESPECIES ASOCIADAS:

a) En los números 4) y 5), Región de Atacama y Región de Coquimbo en la pesquería de Jurel con Cerco, las especies que a continuación se detallan en calidad de especie que constituyen la pesquería:



b) En los números 5), 6), 7), 8), 9), 10), 11) y 12) Región de Coquimbo, Región de Valparaíso, Región del Libertador General Bernardo O‘Higgins, Región del Maule, Región del Biobío, Región de la Araucanía, Región de Los Ríos y Región de Los Lagos en la pesquería de Merluza común con Enmalle, las especies que a continuación se detallan en calidad de especie que constituyen la pesquería:



c) En los números 4), 5), 6), 7), 8), 9), 10), 11) y 12), Región de Atacama, Región de Coquimbo, Región de Valparaíso, Región del Libertador General Bernardo O‘Higgins, Región del Maule, Región del Biobío, Región de la Araucanía, Región de Los Ríos y Región de Los Lagos, en las pesquerías de crustáceos demersales con trampa, y jaiba marmola con el arte de pesca trampa, la especie Anguila babosa en calidad de especie que constituye la pesquería:



d) En los números 12), 13) y 14), Región de Los Lagos, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y Región de Magallanes y la Antártica Chilena, en las pesquerías de Merluza del sur y Congrio dorado con Espinel, las especies que a continuación se detallan en calidad de especie que constituyen la pesquería:



Eliminar lo que se indica en la PARTE SEGUNDA: NÓMINA NACIONAL DE PESQUERÍAS ARTESANALES, REGIÓN, ARTE O APAREJO DE PESCA Y ESPECIES ASOCIADAS:

a) En el número 5), Región de Coquimbo, la pesquería Anguila babosa con el arte de pesca trampa tubo, por constituir especie asociada a las pesquerías de crustáceos demersales y jaiba marmola con trampa.
b) En los números 1), 2), 3), 4), 5), 6), 7), 8), 9), 10), 11) y 12), Región de Arica y Parinacota, Región de Tarapacá, Región Antofagasta, Región de Atacama, Región de Coquimbo, Región de Valparaíso, Región del Libertador General Bernardo O‘Higgins, Región del Maule, Región del Biobío, Región de la Araucanía, Región de Los Ríos y Región de Los Lagos, las especies Dorado de altura, Pez linterna, Atún listado o barrilete o cachurreta, en su calidad de especies asociadas de las pesquerías de Jurel, Anchoveta y Sardina común con el arte de pesca Cerco.
c) En los números 4), 5), 6), Región de Atacama, Región de Coquimbo y Región de Valparaíso, las especies Raya águila, Raya moteada o negra y Raya volantín en su calidad de especies asociadas de las pesquerías de Langostino colorado, Langostino amarillo y Camarón nailon con el arte de pesca Arrastre.

Reemplazar lo que se indica en la PARTE SEGUNDA: NÓMINA NACIONAL DE PESQUERÍAS ARTESANALES, REGIÓN, ARTE O APAREJO DE PESCA Y ESPECIES ASOCIADAS:

a) En los números 13) y 14), Región de Aysén del General Ibáñez del Campo y Región de Magallanes y la Antártica Chilena, el nombre común Anguila por Anguila babosa patagónica en las pesquerías de Centolla y Jaiba marmola, con el arte de pesca Trampa.
b) En los números 1), 2), 3), 4), 5), 6), 7), 8), 9), 10), 11) y 12) Región de Arica y Parinacota, Región de Tarapacá, Región de Antofagasta, Región de Atacama, Región de Coquimbo, Región de Valparaíso, Región del Libertador General Bernardo O‘Higgins, Región del Maule, Región del Biobío, Región de la Araucanía, Región de Los Ríos y Región de Los Lagos, el nombre común de Anguila por Anguila o Anguila común en las pesquerías de Langostino colorado, Langostino amarillo, Camarón nailon y Jaiba limón con el arte de pesca Trampa.
c) Los nombres científicos de las especies asociadas Anguila morena o de aleta bajo o morena y Anguila, como se indica a continuación:



Incorporar lo que se señala en la PARTE CUARTA: NOMBRES COMUNES Y CIENTÍFICOS DE LAS ESPECIES IDENTIFICADAS COMO ESPECIES ASOCIADAS:



El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 31 de julio de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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