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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1661882 2019


(CVE 1661882)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

ESTABLECE PERÍODO PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 14
DEL DS N° 296 DE 2004, DEL ACTUAL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

(Extracto)

Por resolución exenta N° 3.147, de 25 de septiembre de 2019, de esta Subsecretaría, fíjase el día 30 de octubre de 2019, inclusive, como plazo fatal para que las unidades de asignación de las pesquerías artesanales de Merluza común sometidas al Régimen Artesanal de Extracción, por organizaciones de pescadores artesanales o individualmente, comuniquen por escrito a esta Subsecretaría las variaciones o modificaciones que en el número de pescadores o embarcaciones experimentarán para el año 2020.
Asimismo, y dentro del mismo plazo, las organizaciones de pescadores artesanales que no se encuentren sometidas al Régimen y que desearen incorporarse al mismo deberán comunicar por escrito a la Subsecretaría su intención en tal sentido, en la forma señalada en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 25 de septiembre de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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