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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1708041 2020


(CVE 1708041)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.147 EXENTA, DE 2017, DE ESTA SUBSECRETARÍA (Extracto)
Por resolución exenta N° 3.940, de 26 de diciembre de 2019, modifícase el numeral 2.- de la resolución exenta N° 4.147, ambas de esta Subsecretaría, que fijó las dimensiones y características de la red de enmalle para la captura de los recursos hidrobiológicos autorizados a ser extraídos por los armadores y las embarcaciones artesanales de Caleta La Barra, en el estuario del Río Toltén, Región de La Araucanía, en el sentido de incorporar el siguiente literal d) nuevo:
d) En la pesca dirigida a salmón Chinook:
i) Longitud máxima de la red de 32 brazas (60 metros), ii) Altura máxima de la red de 3,8 brazas (7 metros), iii) Red con tamaño de malla de 6 o 7 pulgadas, de monofilamento de 0,6-0,7 milímetros de diámetro, iv) Cabos de 6-8 milímetros de diámetro máximo, v) Plomos hasta 15 kilogramos, vi) 40 o 50 boyas, vii) Redes que se utilizan son de 2 telas o paños, viii) Máximo 3 redes por embarcación.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 26 de diciembre de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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