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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1709184 2020


(CVE 1709184)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
AUTORIZA REEMPLAZO DE NúMERO DE INSCRIPCIONES VACANTES QUE INDICA EN EL REGISTRO PESQUERO ARTESANAL PARA LA PESQUERÍA DE REINETA
(Extracto)
Por resolución exenta N° 4.013, de 30 de diciembre de 2019, de esta Subsecretaría, autorízase el reemplazo de un número máximo de 846 inscripciones vacantes para embarcaciones artesanales, en el Registro Pesquero Artesanal, en la categoría de armador artesanal, sección pesquería del recurso Reineta, con enmalle y/o espinel. Las inscripciones vacantes se distribuirán por regiones y clases de embarcación, de la forma que a continuación se indica:



Dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la presente resolución de conformidad con lo establecido en el artículo N° 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, los interesados inscritos en la nómina a que se refiere el artículo 11 del DS N° 388 de 1995, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán comunicar por escrito al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, su voluntad de hacer efectiva la inscripción solicitada en el Registro Pesquero Artesanal. En caso contrario, se entenderá que renuncia a su derecho.
Los interesados que hubiesen efectuado la comunicación a que se refiere el numeral anterior, dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de término del plazo antes señalado, para acreditar mediante certificación del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y de la Autoridad Marítima, que la embarcación respectiva dispone del arte y/o aparejo de pesca corresponde a la pesquería.
El texto íntegro de la resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 30 de diciembre de 2019.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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