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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1730625 2020


(CVE 1730625)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO Y DE FAUNA ACOMPAÑANTE SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7°A, 7°B Y 7°C DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA PESQUERÍAS DE MERLUZA COMúN, AÑO 2020

(Extracto)

Por resolución exenta N° 328, de 7 de febrero de 2020, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería industrial de arrastre y artesanal de enmalle de Merluza común en su unidad de pesquería, comprendida en el área marítima de la Región de Coquimbo al paralelo 41°28,6‘ L.S., que se encuentran sometidas a un Plan de Reducción del Descarte y de la Captura de Pesca Incidental, autorizado mediante resolución exenta N° 1.840 de 2017, de conformidad con los artículos 7° A.-, 7° B.- y 7° C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2019.
Para los efectos antes señalados, la nómina se divide en cuatro categorías de especies: objetivo para flotas las industrial y artesanal (Tabla 1); fauna acompañante (FA) sometidas a cuota global anual de captura (CGA), Licencia Transable de Pesca (LTP), Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP), Régimen Artesanal de Extracción (RAE), Cuota Regional (CR), Cuota Fuera de la Unidad de Pesquería (FUP), Veda (V) o al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones (PANT), según corresponda para las flotas industrial y artesanal (Tabla 2); fauna acompañante no administrada bajo cuotas globales anuales de captura o sometidas al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones (PANT) según corresponda, para las flotas industrial y artesanal (Tabla 3) y pesca incidental para ambas flotas (Tabla 4), distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 7 de febrero de 2020.- José Pedro Núñez Barruel, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).




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