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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1744306 2020


(CVE 1744306)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

DESIGNA OBSERVADORES CIENTÍFICOS DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA

(Extracto)

Por resolución exenta N° 820, de 19 de marzo de 2020, de esta Subsecretaría, la·nómina de observadores científicos designados por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura para efectos de recopilar, registrar y dar cuenta de los datos e información biológico-pesquera a bordo de naves industriales, embarcaciones artesanales, puntos de desembarque y plantas procesadoras de recursos pesqueros, según se indica, es la siguiente:

a) Observadores científicos autorizados para efectos de recopilar información biológico-pesquera a bordo de naves industriales, embarcaciones artesanales, puntos de desembarque y plantas de procesamiento de recursos pesqueros, individualizados en la resolución extractada.
b) Observadores científicos autorizados para efectos de recopilar información biológico-pesquera en puntos de desembarque y plantas de procesamiento de recursos pesqueros, individualizados en la resolución extractada.

La designación de los observadores científicos regirá desde el 1° de abril de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 19 de marzo de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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