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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


DO 1766784 2020


(CVE 1766784)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.673 EXENTA, DE 2013, QUE APROBÓ PLAN DE MANEJO DE ALGAS PARDAS, REGIÓN DE COQUIMBO
(Extracto)

Por resolución exenta N° 1.232, de 11 de mayo de 2020, modifícase la resolución exenta N° 2.673 de 2013, de esta Subsecretaría, que aprobó el Plan de Manejo de Algas Pardas, Región de Coquimbo, en los siguientes sentidos:

a) Reemplázase en el numeral 1.- y 2.-, las expresiones Lessonia nigrescens y huiro canutillo Macrocystis spp., por Lessonia berteroana/Lessonia spicata y huiro flotador Macrocystis pyrifera, respectivamente.
b) Modifícase el numeral 3.-, relativo a las estrategias de explotación, en los siguientes sentidos:

i. Reemplázase su literal a), por el que se indica a continuación:

a) Cuota anual de captura para las 3 especies, distribuidas espacialmente por comunas y temporalmente por trimestres. En ausencia de cuota, no se permite la extracción ni recolección de algas..

ii. Reemplázase en su literal b) la frase Veda biológica sólo en la temporada de verano por Veda extractiva para los recursos huiro negro, huiro palo y huiro flotador, sujeta disponibilidad de cuota de varado..
iii. Reemplázase su literal c) la expresión Lessonia nigrescens por Lessonia berteroana/Lessonia spicata.
iv. Incorpórase los siguientes literales e), f) y g), nuevos:

e) Zonas de operación.
f) Nómina única de pescadores artesanales participantes. g) Límite de extracción..

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 11 de mayo de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.




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