(CVE 1940982)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura / Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura / Dirección Nacional
(Resolución)
Núm. DN - 760 exenta.- Valparaíso, 4 de mayo de 2021.
Vistos:
El DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; el DFL N° 5, de 1983, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; la ley 20.730, que regula el lobby y la gestión de intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución exenta N° 940, de 4 de mayo de 2020, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; los memorándums N° 967, de 24 de marzo de 2021, de la Subdirectora Jurídica (S), y N° 1.419, de 23 de abril de 2021, de la Directora Nacional (S); y la resolución exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, conforme lo señalado en el artículo 3° de la ley N° 20.730, citada en Vistos, tienen calidad de sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de dicha normativa, las autoridades que en dicha disposición se indican y aquellas personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyan decisivamente en quienes gocen de dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 3° precitado, el jefe superior del Servicio respectivo debe proceder anualmente a individualizar a las personas que se encuentren en dicha calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en su artículo 9°.
Que, conforme lo prescrito por el artículo 5° del Reglamento contenido en el decreto supremo N° 71, individualizado, mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente, se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones.
Que, mediante la resolución exenta N° 940, singularizada en Vistos, el jefe superior del Servicio designó, en calidad de sujetos pasivos de la ley N° 20.730, a las autoridades allí individualizadas, para el año 2020.
Que, mediante los memorándums N° 967 y N° 1419, referidos, se determinaron los cargos que tendrán la calidad de sujetos pasivos de lobby para el año 2021.
Que, de conformidad con las normas previamente citadas, procede designar, mediante nuevo acto administrativo, a los sujetos pasivos que se individualizarán en lo resolutivo del presente acto administrativo, atendido que detentan y ejercen atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyen de manera significativa en quienes cuentan con dichas atribuciones.
Que, finalmente, conforme lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 5° de la indicada ley, se preceptúa que "[l]a nómina a que se refiere este artículo deberá encontrarse permanentemente a disposición del público, mensualmente actualizada y publicada en el sitio electrónico del servicio".
Resuelvo:
1. Desígnanse en calidad de sujetos pasivos de la ley 20.730, citada en Vistos, a los siguientes servidores públicos, en razón del cargo o responsabilidad que en cada caso se indica y a quienes las subrogan cuando ejerzan dichos cargos:
1. Subdirector/a jurídico/a.
2. Subdirector/a Nacional.
3. Subdirector/a de Pesquerías.
4. Subdirector/a de Acuicultura.
5. Subdirector/a de Inocuidad y Certificación.
6. Subdirector/a Administrativo/a.
7. Directores Regionales.
8. Jefe/a del Departamento de Gestión de la Información, Atención de Usuarios y Estadísticas Sectoriales.
9. Jefe/a del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
10. Jefe/a del Departamento Administrativo.
11. Encargado/a de la Unidad de Abastecimiento de la Dirección Nacional.
2. Déjase sin efecto la resolución exenta N° 940, de 4 de mayo de 2020.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Jessica Fuentes Olmos, Directora Nacional (S), Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.