(CVE 2049636)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 3.120, de 25 de noviembre de 2021, de esta Subsecretaría, establécese las siguientes medidas y protocolo de manipulación para la reducción de la captura incidental y la mortalidad de lobos marinos en pesquerías que operan con redes de arrastre, los cuales deberán ser cumplidos a cabalidad por los capitanes o patrones y tripulantes de naves industriales y embarcaciones artesanales:
a) El uso obligatorio y permanente de dispositivos de exclusión o de selección tipo rejilla rígida o flexible, con ventanas de escape en el túnel de las redes de arrastre, que permitan el escape de lobos marinos capturados incidentalmente durante las faenas de pesca.
b) El cumplimiento de un protocolo para la manipulación y devolución al mar de ejemplares de lobos marinos capturados incidentalmente, que lleguen a bordo de las naves o embarcaciones.
La obligación del uso de dispositivos de exclusión o de selección entrará en vigencia en el plazo de 6 meses a contar de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 25 de noviembre de 2021.- Mónica Orellana Valdés, Subsecretaria de Pesca y Acuicultura (S).