(CVE 2065905)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 3.392, de 28 de diciembre de 2021, de esta Subsecretaría, establécese los siguientes periodos de captura para el área de la pesquería artesanal de Bacalao de profundidad, comprendida en todo el territorio marítimo de jurisdicción nacional localizado al norte del paralelo 47° LS., año 2022, según el siguiente detalle:
a) Primer periodo: 01 de febrero al 30 de junio de 2022.
b) Segundo periodo: 01 de agosto al 31 de diciembre de 2022.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 28 de diciembre de 2021.- Alicia Gallardo Lagno, Subsecretaria de Pesca y Acuicultura.