(CVE 2070653)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 1, de 7 de enero de 2022, de esta Subsecretaría, modifíquese la resolución exenta N° 3.450 de 2021, en el sentido de señalar que el periodo de captura para la pesquería artesanal de Congrio dorado, en el área marítima comprendida entre las Regiones de Valparaíso a Los Ríos, para el presente año calendario, comenzará a partir del 13 de enero de 2022, conforme la facultad de la letra a) del artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 7 de enero de 2022.- Cristian Espinoza Montenegro, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).