(CVE 2153788)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Y PROTOCOLO PARA LA REDUCCIÓN DE LA CAPTURA INCIDENTAL Y LA MANIPULACIÓN DE LOBOS MARINOS EN PESQUERÍAS DE ARRASTRE
(Extracto)
Por resolución exenta N° 1.357, de 5 de julio de 2022, de esta Subsecretaría, téngase por acreditado el cumplimiento de la obligación establecida en el numeral transitorio de la resolución exenta N° 3.120 de 2021, asociado al diseño y características de la confección de las rejillas exclusión y ventanas para escape de lobos marinos, respecto de los armadores y naves indicados en la resolución extractada.
Modifíquese la resolución exenta N° 3.120 de 2021, que estableció medidas y un protocolo de manipulación para la reducción de la captura incidental y la mortalidad de lobos marinos en pesquerías que operan con redes de arrastre, en el sentido de incorporar la letra a bis) al numeral 1, asociado a las características y rangos de diseño y de dimensiones de los dispositivos que cumplen con el objetivo de minimizar la captura incidental de lobos marinos y que los armadores de las naves y embarcaciones de arrastre deberán portar y utilizar, detallado en la resolución extractada.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 5 de julio de 2022.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.