(CVE 2244499)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 2.641, de 22 de diciembre de 2022, de esta Subsecretaría, modifíquese la resolución exenta N° 3.357 de 2021, que estableció un periodo permanente de captura para la pesquería artesanal de jurel, entre el 5 de enero y el 31 de diciembre, de cada año calendario, ambas fechas inclusive, en el sentido de señalar que para el año 2023, se establecerán dos periodos de captura, de acuerdo con el siguiente detalle:
a) Primer periodo: b) Segundo periodo:
entre el 5 y el 31 de mayo de 2023, ambas fechas inclusive. entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2023, ambas fechas inclusive.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 22 de diciembre de 2022.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).