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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2023-01-11 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2250207)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.832 EXENTA, DE 2022, DE ESTA SUBSECRETARÍA

(Extracto)

Por resolución exenta Nº 2, de 6 de enero de 2023, de esta Subsecretaría, modifícase el numeral 1º de la resolución exenta Nº 2.832, de 2022, de esta Subsecretaría, en el sentido de señalar que la distribución de la fracción artesanal de la cuota anual de captura, año 2023, de la pesquería artesanal de Congrio dorado en las áreas marítimas que se indica, se efectuará de la siguiente manera:

Región del Biobío

i) Desde el 15 de enero al 31 de marzo: 31,886 toneladas.

ii) Desde el 1 de abril al 31 de diciembre: 30,0 toneladas.

Región de la Araucanía

Desde el 20 de enero al 31 de diciembre.

Región de Los Ríos

Desde el 10 de enero al 31 de diciembre.

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, 6 de enero de 2023.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).






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