(CVE 2450207)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 263, de 1 de febrero de 2024, de esta Subsecretaría, distribución de las cuotas de imprevistos para las pesquerías contempladas en el artículo 29 transitorio de la ley Nº 20.657, año 2024, serán las siguientes:
Las cuotas señaladas en el numeral anterior se asignarán de conformidad con los criterios previstos en el numeral 1.- de la resolución exenta Nº 148, de 2024, de esta Subsecretaría, para las pesquerías contempladas en el artículo 29 transitorio de la ley Nº 20.657.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, jueves 1 de febrero de 2024.- Paulo Sepúlveda Sepúlveda, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).