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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2024-03-09 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2464100)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

ESTABLECE NÓMINA DE ESPECIES OBJETIVO, DE FAUNA ACOMPAÑANTE Y DE PESCA INCIDENTAL, SOMETIDAS A LOS ARTÍCULOS 7°A, 7°B Y 7°C DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA PARA PESQUERÍA DE MERLUZA DE TRES ALETAS, AÑO 2024

(Extracto)

Por resolución exenta N° 625, de 6 de marzo de 2024, de esta Subsecretaría, establécese la nómina de especies objetivo, de fauna acompañante y de pesca incidental para la pesquería industrial de Merluza de tres aletas (Micromesistius australis), en el área marítima comprendida entre los paralelos 41°28,6' L.S. al 57°00' L.S., que se encuentran sometidas a un plan de reducción del descarte y de la captura de pesca incidental autorizado mediante resolución exenta N° 4.480 de 2017, de conformidad con los artículos 7° A.-, 7° B.- y 7°C.- de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2024.

Para los efectos antes señalados la nómina se divide en cuatro categorías de especies: especie objetivo (Tabla 1); especies de fauna acompañante sometidas a cuota global anual de captura (CGA), Licencia Transable de Pesca (LTP), Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP), cuota fuera de la unidad de pesquería (FUP), o al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones (PANT) y la Res. Ex. N° 2.063 de 2020, que estableció los protocolos de devolución de condrictios, según corresponda (Tabla 2); especies de fauna acompañante no administradas bajo cuotas globales anuales de captura o sometidas al Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones (PANT) y la Res. Ex. N° 2.063 de 2020, que estableció los protocolos de devolución de condrictios, según corresponda (Tabla 3) y especies de pesca incidental para ambas flotas (Tabla 4), distinguiendo en cada tabla las especies que tienen prohibición de descarte, especies cuyo descarte está autorizado y especies cuya devolución es obligatoria, según se detalla en la resolución extractada.

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, miércoles, 6 de marzo de 2024.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.






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