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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2024-09-24 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2545354)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

ESTABLECE PERÍODO PARA LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 14 DEL DS Nº 296, DE 2004, DEL ACTUAL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

(Extracto)

Por resolución exenta Nº 2.006, de 9 de septiembre de 2024, de esta Subsecretaría, fíjase el día 11 de octubre de 2024, inclusive, como plazo fatal para que las unidades de asignación de las pesquerías artesanales de Merluza común sometidas al Régimen Artesanal de Extracción, por organizaciones de pescadores artesanales o individualmente, comuniquen por escrito a esta Subsecretaría las variaciones o modificaciones que en el número de pescadores o embarcaciones experimentarán para el año 2025.

Asimismo, y dentro del mismo plazo, las organizaciones de pescadores artesanales que no se encuentren sometidas al Régimen y que desearen incorporarse al mismo deberán comunicar por escrito a la Subsecretaría su intención en tal sentido, en la forma señalada en la resolución extractada.

El texto íntegro de la presente resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, lunes 9 de septiembre de 2024.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.






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