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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2024-10-10 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2554288)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

SUSPENDE TRANSITORIAMENTE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ARTESANAL DE LA PESQUERÍA DE JAIBA MÁRMOLA EN LAS REGIONES DE ARICA Y PARINACOTA, TARAPACÁ Y ANTOFAGASTA 2024 - 2028

(Extracto)

Por resolución exenta N° 2.178, de 4 de octubre de 2024, de esta Subsecretaría, suspéndase a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y hasta el 31 de diciembre de 2028, la inscripción en el Registro Artesanal de la pesquería de Jaiba mármola (Metacarcinus edwardsi) en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, en todas sus categorías, con excepción de la categoría pescador artesanal propiamente tal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1° B.-,1° C.- y 50 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Suspéndase en la misma área y por el mismo periodo señalado en el numeral 1º, la inscripción de las especies asociadas a la pesquería de Jaiba mármola, individualizada en la resolución exenta N° 3.115, de 2013, de esta Subsecretaría, y sus modificaciones.

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, viernes 4 de octubre de 2024.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.






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