(CVE 2589922)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 2.908 de esta Subsecretaría, establécese los siguientes periodos de captura para el área de la pesquería artesanal de Bacalao de profundidad, comprendida en todo el territorio marítimo de jurisdicción nacional localizado al norte del paralelo 47° L.S., año 2025, según el siguiente detalle:
Primer periodo : 3 de febrero al 31 de mayo.
Segundo periodo : 1 de septiembre al 31 de diciembre.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, viernes 20 de diciembre de 2024.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.