(CVE 2605258)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 217, de esta Subsecretaría, la distribución de las cuotas de imprevistos para las pesquerías contempladas en el artículo 29 transitorio de ley Nº 20.657, año 2025, serán las siguientes:
Las cuotas señaladas se asignarán de conformidad con los criterios previstos en el numeral 1.- de la resolución exenta Nº 148, de 2024, de esta Subsecretaría, para las pesquerías contempladas en el artículo 29 transitorio de la ley Nº 20.657.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, miércoles 29 de enero de 2025.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.