(CVE 2640021)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 1.042 de esta Subsecretaría, modifíquese la resolución exenta Nº 696 de 2025, en el sentido de reemplazar su numeral 2º por el siguiente:
"2.- El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, deberá inscribir a los pescadores artesanales y sus embarcaciones, de conformidad con las reglas establecidas en el numeral 4º de la resolución exenta Nº 3.115 de 2013, de esta Subsecretaría y sus modificaciones.".
Asimismo, modifíquese la resolución exenta Nº 697 de 2025, en el sentido de reemplazar su numeral 3º e incorporar un numeral 3º bis, según se indica:
"3.- Para estos efectos, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura establecerá, mediante resolución, el procedimiento de verificación para la regulación del arte de pesca.".
"3 bis.- Asimismo, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, establecerá, una vez iniciado el proceso de operación de la pesquería, el procedimiento para la realización de un catastro de las redes habilitadas y el marcaje de los artes de pesca mediante sellos con numeración y mecanismos para su implementación.".
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, jueves 24 de abril de 2025.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.