
(CVE 2694230)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 2.074/2025, de esta Subsecretaría, establécese en el área marítima de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena un rango máximo de tolerancia de un 1,5% de las capturas bajo la talla mínima legal de 12 centímetros, para el recurso Centolla, capturas que en ningún caso podrán incluir inferiores a 11,8 centímetros.
Asimismo, establécese en el área marítima de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena un rango máximo de tolerancia de un 1,5% de las capturas bajo la talla mínima legal de 8 centímetros, para el recurso Centollón, capturas que en ningún caso podrán incluir ejemplares inferiores a 7,8 centímetros.
En lo no modificado por la presente resolución, regirán las medidas de administración establecidas en 1° del DS N° 442, de 1981, modificado mediante DS N° 375, de 1986, como aquellas contenidas en el artículo 2° letra t) del DS N° 1.584, de 1934, modificado mediante DS 374, de 1981, todas del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, jueves 28 de agosto de 2025.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.