
(CVE 2716518)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 2.395 de esta Subsecretaría, modifíquese la resolución exenta N° 1.482 de 2025, de esta Subsecretaría, que estableció la nómina de algas cuya extracción estará prohibida a través del barreteo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el sentido de incorporar en su resuelvo 2.-, a continuación del punto final, el siguiente párrafo:
"Quedan exceptuadas de esta norma las autorizaciones especiales para la extracción de huiro negro y huiro palo otorgadas bajo un plan de manejo u otra medida de administración de la autoridad, para las Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos (AMERB), Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO), Reservas Marinas, entre otros. En dichos casos, la actividad se regirá por la regulación específica del plan o medida correspondiente.".
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, lunes, 20 de octubre de 2025.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.