
(CVE 2745268)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 2.878, de esta Subsecretaría, suspéndase desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2030, ambas fechas inclusive, la inscripción en los Registros Pesqueros Artesanales de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, en todas sus categorías, con excepción del Archipiélago de Juan Fernández e Islas Desventuradas, sección de pesquería del recurso Erizo, Loxechinus albus, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1° B, 1° C, 50 y 50 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
El texto íntegro del decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, miércoles 17 de diciembre de 2025.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.