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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2025-12-20 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2740654)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

APLICA ARTÍCULO 3° INCISO FINAL DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA EN LA REGIÓN DE COQUIMBO

(Extracto)

Por resolución exenta N° 2.730, de esta Subsecretaría, exceptúese de la imputación de la cuota de captura para el año 2025 del recurso Huiro negro Lessonia berteroana/spicata en la Región de Coquimbo, en virtud de lo establecido en el artículo 3° de la Ley General de Pesca y Acuicultura, las cantidades que a continuación se indican:

- Comuna de Canela: 357 toneladas de Huiro negro. - Comuna de Ovalle: 366 toneladas de Huiro palo.

Las cantidades indicadas deberán ser exceptuadas de la captura registrada exclusivamente en el ítem de "varado" de la cuota y en el período abril-octubre del presente año.

El texto íntegro de la presente resolución se publicará en el sitio de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, jueves 4 de diciembre de 2025.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.






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