
(CVE 2759215)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta Nº 131, de esta Subsecretaría, autorízase la extracción del recurso erizo con fines de consumo humano en estado fresco, para el período comprendido entre la fecha de publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y el 1 de marzo del año 2026, ambas fechas inclusive, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la Región de Los Lagos y el límite sur de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
Durante el periodo señalado precedentemente, autorízase la extracción del recurso erizo, de talla mínima de 7 centímetros de diámetro de testa, fraccionada de la siguiente forma:
| Región | Toneladas |
| Región de Los Lagos | 20,54 |
| Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo | 14,95 |
| Total | 35,49 |
El texto íntegro de la resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, viernes 16 de enero de 2026.- Javier Andrés Rivera Vergara, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).