
(CVE 2758067)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta cero papel Nº 159/2026 de esta Subsecretaría, establécese que el aumento de la fracción artesanal de la cuota global de captura del recurso merluza del sur para las regiones de Los Lagos a Magallanes derivado de la aplicación de la ley Nº 21.752, tendrá el carácter de cuota regional de uso común (CRUC) por un período de 5 años.
El aumento de la fracción artesanal de la cuota global de captura del recurso merluza del sur para las regiones de Los Lagos a Magallanes, derivado de la aplicación de la ley Nº 21.752 y distribuido regionalmente mediante la resolución exenta Nº 3.042-2025, de esta Subsecretaría, será utilizado de acuerdo con las cantidades y períodos que se indica a continuación:
| CUOTA REGIONAL DE USO COMÚN, LEY 21.752 MERLUZA DEL SUR ÁREA MARÍTIMA DE LAS REGIONES DE LOS LAGOS A MAGALLANES, AÑO 2026. | Toneladas por periodo de captura | ||
| febrero - julio | noviembre - diciembre | Total regional | |
| Cuota objetivo del aumento de la fracción artesanal, ley 21.752 | - | - | 1.491 |
| Cuota objetivo Región de Los Lagos | 589 | 589 | 1.178 |
| Cuota objetivo Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo | 107,5 | 107,5 | 215 |
| Cuota objetivo Región de Magallanes y Antártica Chilena | 49 | 49 | 98 |
La utilización del aumento regional se efectuará conforme al orden temporal de las capturas realizadas, imputándose dichas capturas al saldo regional del aumento de la fracción artesanal, hasta su total agotamiento.
Valparaíso, viernes 16 de enero de 2026.- Javier Andrés Rivera Vergara, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).