
(CVE 2781405)
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
(Extracto)
Por resolución exenta N° 605, de esta Subsecretaría, autorízase el reemplazo de un número máximo de 22 inscripciones vacantes para embarcaciones artesanales, en el Registro Pesquero Artesanal, para las regiones de Antofagasta, Atacama y Valparaíso, categoría armador artesanal, sección pesquería del recurso Pez espada, con arpón, las que se distribuirán de la forma que a continuación se indica:
a) Región de Antofagasta: 7 vacantes. b) Región de Atacama: 8 vacantes.
c) Región de Valparaíso: 7 vacantes.
Dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, los interesados inscritos en la nómina a que se refiere el artículo 11 del DS Nº 388, de 1995, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán comunicar por escrito al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura su voluntad de hacer efectiva la inscripción solicitada en el Registro Pesquero Artesanal. En caso contrario, se entenderá que renuncia a su derecho.
Los interesados que hubiesen efectuado la comunicación a que se refiere el numeral anterior, dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de término del plazo antes señalado, para acreditar, mediante certificación del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y de la Autoridad Marítima, que la embarcación respectiva dispone del aparejo de pesca arpón.
El texto íntegro de la resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, viernes 6 de marzo de 2026.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.