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MINISTERIO DE ECONOMIA


DO 1889326 2021


DO 2026-03-21 MINISTERIO DE ECONOMIA

(CVE 2781973)

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

AUTORIZA REEMPLAZO DE INSCRIPCIONES VACANTES EN EL REGISTRO PESQUERO ARTESANAL PESQUERÍA DE JUREL CON CERCO, REGIONES LA ARAUCANÍA Y LOS RÍOS

(Extracto)

Por resolución exenta Nº 623 de esta Subsecretaría, autorízase el reemplazo de un número máximo de 43 inscripciones vacantes en el Registro Pesquero Artesanal de la pesquería de recurso jurel, con cerco, en la categoría de armador artesanal, para las regiones de La Araucanía y de Los Ríos, las que se distribuirán de la forma que a continuación se indica:

Región/RPA

E1 (8 a<12m)

E2(12ª<15m)

E3 (15 a 18m)

Total general

La Araucanía

16

16

Los Ríos

15

3

9

27

Total general

43

Dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la presente resolución de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, los interesados inscritos en la nómina a que se refiere el artículo 11 del DS Nº 388 de 1995, del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán comunicar por escrito al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, su voluntad de hacer efectiva la inscripción solicitada en el Registro Pesquero Artesanal. En caso contrario, se entenderá que renuncia a su derecho.

Los interesados que hubiesen efectuado la comunicación anterior dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de término del plazo antes señalado, para acreditar mediante certificación del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y de la Autoridad Marítima, que la embarcación respectiva dispone del arte de pesca cerco.

El texto íntegro de la resolución extractada se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

Valparaíso, lunes 9 de marzo de 2026.- Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.






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