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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


APRUEBA EL PLAN DE ACCION NACIONAL PARA PREVENIR, DESALENTAR Y ELIMINAR LA PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA
Núm. 267.- Santiago, 29 de septiembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; el DFL N° 5 de 1983, modificado por el DFL N° 1 de 1992; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, promulgada mediante DS N° 1.393 de 1997, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Código de Conducta para la Pesca Responsable adoptado en la 28ª Conferencia de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación; el Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, aprobado por el Consejo de la FAO en su 120° período de sesiones; el documento denominado Plan de Acción Nacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, elaborado por el Servicio Nacional de Pesca del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando:
1) Que el Consejo de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación aprobó, en su 120° período de sesiones, el Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
2) Que el Plan de Acción Internacional es un instrumento de carácter voluntario elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO, que proporciona a los Estados, entidades y pescadores medidas eficaces, transparentes y de amplio alcance cuya implementación contribuye a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
3) Que el numeral 25 del Plan Internacional insta a los Estados a preparar y aplicar, tan pronto como sea posible pero a más tardar tres años después de la aprobación del Plan Internacional, planes de acción nacionales para propiciar la consecución de sus objetivos y poner plenamente en práctica sus disposiciones como parte integrante de sus programas y presupuestos de ordenación pesquera.
4) Que las acciones contra la pesca ilegal, no declarada y no regulada cobran especial relevancia para Chile, por cuanto aquellas actividades socavan nuestro esfuerzo consistente y permanente por desarrollar la actividad de pesca en forma sostenible en el tiempo, sobre la base de la información científica más fidedigna disponible y teniendo en cuenta los principios de manejo responsable contenidos en el artículo 61 de la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar y en diversos instrumentos internacionales.
5) Que Chile, a través del Servicio Nacional de Pesca de este Ministerio, ha elaborado el plan nacional de acción para prevenir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, el que fue presentado en la 26ª reunión de la Comisión de Pesca de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.
6) Que el Plan de Acción Nacional reúne todas las medidas nacionales dictadas con el propósito de prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, tanto en la zona económica exclusiva como en alta mar, considerando la triple condición de Chile como Estado ribereño, Estado de pabellón y Estado rector de puertos.
Decreto:
Artículo 1°.- Apruébase el Plan de Acción Nacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, citado en Visto, adjunto al presente decreto y que se entiende formar parte de él.
Artículo 2°.- Corresponderá a la Subsecretaría de Pesca, Servicio Nacional de Pesca, Armada de Chile y Ministerio de Relaciones Exteriores, en el ejercicio de sus respectivas competencias, adoptar las medidas y ejecutar las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento al Plan de Acción Nacional que por este acto se aprueba.
Artículo 3°.- Publíquese el texto completo del Plan de Acción Nacional en la página web de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca, para su adecuada difusión.
Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Felipe Sandoval Precht, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).- Cristián Barros Melet, Ministro de Relaciones Exteriores (S).- Osvaldo Puccio Huidobro, Ministro de Defensa (S).
Lo que transcribe, para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.




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