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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE PESCA
OFICIALIZA NOMINACION DE LOS MIEMBROS QUE INDICA DEL CONSEJO NACIONAL DE PESCA
Núm. 339.- Santiago, 15 de diciembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los DS N° 85 de 2003, N° 217 de 2003 y N° 147 de 2004, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Informe de Cómputos elaborado por la Comisión Asesora del Subsecretario de Pesca de fecha 21 de noviembre de 2005; la ley N° 10.336.
Considerando:
Que el artículo 146 de la Ley General de Pesca y Acuicultura dispone que el Presidente de la República deberá oficializar la nominación definitiva de los miembros titulares y suplentes del Consejo Nacional de Pesca.
Que se ha evacuado el Informe de Cómputos relativo a las nominaciones de los representantes de las organizaciones gremiales legalmente constituidas del sector pesquero artesanal, correspondiente a la macrozona de la I y II Regiones; y del sector laboral, correspondiente a los encarnadores de la pesca artesanal.
Decreto:
Artículo 1°.- Oficialízase como nuevo integrante del Consejo Nacional de Pesca, la siguiente persona, en la calidad que se indica:
a) Consejero en representación de las Organizaciones Gremiales del Sector Artesanal:
- Por los Pescadores Artesanales de la Macrozona constituida por la I a II Regiones.
Titular: Osvaldo Cubillos Canales, RUT N° 4.917.364-4.
Suplente: Cargo vacante por no presentarse postulación conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.
b) Consejeros en representación de las organizaciones gremiales del sector laboral:
- Por los Encarnadores Artesanales.
Cargo vacante por no presentarse postulación conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.
Artículo 2°.- Los miembros del Consejo, representantes del sector artesanal durarán cuatro años en sus cargos.
Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.




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