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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


SUSPENDE VEDA BIOLOGICA PARA EL RECURSO LOCO EN EL AREA MARITIMA QUE INDICA
Núm. 241 exento.- Santiago, 30 de enero de 2006.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (R. Pesq.) N° 8 de fecha 27 de enero de 2006; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; el DFL N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; el decreto exento N° 409 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las comunicaciones previas a los Consejos Zonales de Pesca de la I a II Regiones, III a IV Regiones, y V a IX Regiones e Islas Oceánicas.
Considerando:
Que por decreto exento N° 409 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se estableció una veda biológica para el recurso Loco Concholepas concholepas en el área marítima comprendida entre la I y la XII Regiones.
Que el artículo 3° letra a) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para establecer vedas biológicas por especie en un área determinada.
Que la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca ha recomendado suspender la veda biológica establecida para el recurso Loco en el área marítima comprendida entre la I a VI Regiones, en el período comprendido entre el 1 y el 17 de febrero de 2006, ambas fechas inclusive.
Que se ha comunicado previamente esta medida de administración a los Consejos Zonales de Pesca correspondientes.
Decreto:
Artículo único.- Suspéndase entre el 1 y el 17 de febrero de 2006, ambas fechas inclusive, la veda biológica establecida en el artículo 1° letra a) del decreto exento N° 409 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, sobre el recurso Loco Concholepas concholepas, en el área marítima comprendida entre la I a VI Regiones.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.




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