GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


MODIFICA DECRETO N° 1564 EXENTO, DE 2005, DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Núm. 371 exento.- Santiago, 9 de marzo de 2006.- Visto:Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría mediante Informes Técnicos (R. Pesq.) N° 11-2006 y N° 28/2006 y su addendum; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones, mediante Oficios Ord./Z4/ N° 036, de fecha 06 de febrero de 2006 y Ord./Z4/ N° 054 de fecha 08 de marzo de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la XII Región y Antártica Chilena mediante Oficio Ord. CZ5/N° 18, de fecha 08 de marzo de 2006; por el Consejo Nacional de Pesca mediante Cartas (CNP) N° 4, de fecha 7 de febrero de 2006 y N° 15 de fecha 09 de marzo de 2006; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes N° 19.713, N° 19.822 y N° 19.849; el D.S. N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Resolución N° 520 de 1996 de la Contraloría General de la República; el Decreto Exento N° 1564 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Resoluciones Exentas N° 4526 de 2005 y N° 81 de 2006, ambas de esta Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que mediante Decreto Exento N° 1564 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se fijó para el año 2006 la cuota global anual de captura de Merluza del sur Merluccius australis, en el área de aguas interiores de la X, XI y XII Regiones, a ser extraída por el sector pesquero artesanal.
Que el artículo 26 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para modificar las cuotas globales anuales de captura.
Que la Subsecretaría de Pesca ha recomendado aumentar la cuota global anual de captura de Merluza del sur en el área de aguas interiores, asignando dicho incremento a fines de investigación; asimismo ha recomendado autorizar la acumulación de las cuotas mensuales asignadas al área de aguas interiores de la XI Región.
Que se ha dado cumplimiento a las normas sobre reserva fundada para fines de investigación, introducidas por la Ley N°19.849.
Que se ha consultado previamente esta medida de administración al Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones y XII Región y Antártica Chilena y se ha obtenido la aprobación del Consejo Nacional de Pesca,
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el Decreto Exento N° 1564 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido que a continuación se indica:
a) En el artículo 1°, reemplazar los incisos 1° y 2° por los siguientes:
"Artículo 1°.- Fíjase para el año 2006, en el área de aguas interiores de la X, XI y XII Regiones, a ser extraída por el sector pesquero artesanal, una cuota global de captura de Merluza del sur Merluccius australis, a ser extraída para el sector pesquero artesanal, ascendente a 15.275 toneladas.
De la cuota antes señalada se reservarán 85 toneladas para fines de investigación, fraccionadas en 50 toneladas para la X Región, 10 toneladas para la XI Región y 25 toneladas para la X, XI y XII Regiones.".
b) En el artículo 3° letra e), agregar el siguiente inciso 2°:
"Las cuotas mensuales asignadas a las organizaciones de pescadores artesanales sometidas al Régimen Artesanal de Extracción podrán ser acumuladas, conforme el procedimiento establecido en los numerales 3° de las resoluciones de distribución N° 4526 de 2005 y N° 81 de 2006 y sus modificaciones, de la Subsecretaría de Pesca. La acumulación se someterá a las siguientes reglas:
a) Se podrá acumular a la cuota mensual un máximo de dos cuotas mensuales sucesivas.
b) La acumulación sólo podrá efectuarse dentro de los siguientes periodos: abril-julio; septiembre-diciembre.".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente