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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


MODIFICA DECRETO N° 663 EXENTO, DE 2003, DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Núm. 449 exento.- Santiago, 10 de marzo de 2006.- Visto:Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, N° 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. N° 5 de 1983; los D.S. N° 355 de 1995, N° 572 de 2000 y N° 253 de 2002, y el Decreto Exento N° 663 de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Memorándum Técnico AMERB N° 10/06 de fecha 24 de febrero de 2006, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; lo informado por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante Oficios ORD/Z4/N° 095, de fecha 17 de marzo de 2004 y ORD/Z4/N° 182, de fecha 08 de julio de 2005; por la Subsecretaría de Marina mediante Oficio S.S.M. ORD. N° 6025/352 de 23 de enero de 2006.
Considerando:
Que el artículo 1° numeral 10. del Decreto Exento N° 663 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento del área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Bajos Villegas, en la X Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del sector, con el objeto de reducir el área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada;
Que los informes técnicos de esta Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprueban la modificación del área antes señalada,
Decreto:
Artículo 1°.- Modifícase el numeral 10. del artículo 1° del Decreto Exento N° 663 del 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que estableció un área de manejo y explotación de recursos bentónicos en el sector denominado Bajos Villegas, en la X Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes:
(CARTA IGM N° 4130-7345; 1ª ED. 1971; ESC.1:50.000)
VérticeLatitud S.Longitud W.
A41° 32’ 51,73"73° 47’ 47,36"
B41° 32’ 55,95"73° 48’ 09,03"
C41° 33’ 09,73"73° 48’ 04,30"
D41° 33’ 07,95"73° 47’ 40,71"

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Sr. Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía y Energía.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.




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