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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006




Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE PESCA
SUSPENDE POR PERIODO QUE INDICA LA RECEPCION DE SOLICITUDES Y EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DE PESCA PARA LAS UNIDADES DE PESQUERIA DE LOS RECURSOS ALFONSINO Y BESUGO
Núm. 855 exento.- Santiago, 14 de julio de 2006.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, en Memoranda Técnicos (R.PESQ.) N° 43, de fecha 5 de mayo, y N° 50, de fecha 8 de mayo, ambos de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la I y II Regiones mediante Oficio ORD./ZI/N° 380008606, de fecha 30 de mayo de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones mediante Oficio ORD\Z2\N° 450006206, de fecha 1 de junio de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la V a la IX Regiones e Islas Oceánicas mediante Oficio ORD N° 430020306, de fecha 30 de mayo de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante Oficios ORD./Z4/ N° 097 y N° 102, ambos de fecha 18 de mayo de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la XII Región y Antártica Chilena mediante Oficio ORD. N° CZ5/06/ N° 25, de fecha 29 de mayo de 2005; por el Consejo Nacional de Pesca mediante Cartas (CNP) N° 23 y N° 34, de fecha 8 de junio de 2006; lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento N° 644 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto supremo N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que es un deber del Estado velar por la protección, conservación y aprovechamiento integral de los recursos hidrobiológicos.
Que mediante decreto exento N° 644 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se declararon en estado y régimen de plena explotación las unidades de pesquería del recurso Alfonsino Beryx splendens en el Mar Territorial, por fuera del área de reserva artesanal, y Zona Económica Exclusiva de la República, continentales e insulares, entre la I y la XII Regiones y del recurso Besugo Epigonus crassicaudus en el Mar Territorial, por fuera del área de reserva artesanal, y la Zona Económica Exclusiva de la República, continentales, entre la III y la X Regiones.
Que el artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para suspender, por el plazo de un año, la recepción de solicitudes y el otorgamiento de nuevas autorizaciones de pesca.
Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca, relativos a dichas unidades de pesquería, recomiendan renovar por un año la medida contemplada en el decreto exento N° 952 de 2005, precedentemente señalado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Que el Consejo Nacional de Pesca y los Consejos Zonales de Pesca de la I y II Regiones, III y IV Regiones, V a IX Regiones y XII Región y Antártica Chilena han aprobado la medida de administración antes señalada.
Que el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprobó la medida con un quórum inferior al establecido por ley.
Que el artículo 151 de la Ley General de Pesca y Acuicultura faculta a este Ministerio para prescindir de aprobaciones solicitadas a los Consejos Zonales de Pesca, transcurrido el plazo de un mes contado desde la fecha del respectivo requerimiento.
Decreto:
Artículo único.- Suspéndase la recepción de solicitudes y el otorgamiento de nuevas autorizaciones de pesca, referidas a las unidades de pesquería de los recursos Alfonsino Beryx splendens y Besugo Epigonus crassicaudus, individualizadas en el decreto exento N° 644 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por el lapso de un año, contado desde el 22 de agosto de 2006.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Ingrid Antonijevic Hahn, Ministra de Economía.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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