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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2006


Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARIA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N° 663 EXENTO, DE 2003, QUE ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS EN LA X REGION
Núm. 1.285 exento.- Santiago, 8 de noviembre de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DFL N° 5 de 1983; los DS N° 355 de 1995, N° 572 de 2000 y N° 253 de 2002 y el decreto exento N° 663 de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Memorándum Técnico DAD N° 16/06 de fecha 5 de octubre de 2006, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; el DS N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo 1° numeral 7. del decreto exento N° 663 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Loyola Sector B, en la X Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada, con el objeto de regularizar la cartografía base del área;
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 1° numeral 7. del decreto exento N° 663 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Loyola Sector B, en la X Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes:
CARTA IGM 4230-7230; 1ª ED. 1971; ESC. 1:50.000
PuntosLatitudLongitud
A42°30’39.73072°44‘44.14
B42°30’27.94072°44‘34.56
C42°30’26.98072°43‘58.94
D42°30’32.51072°43‘49.49
E42°30’32.47072°43‘28.75
F42°30’21.66072°43‘20.74
G42°30’29.66072°42‘49.26
H42°30’31.00072°42‘21.61
I42°30’37.61072°42‘23.69

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Alejandro Ferreiro Yazigi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Angela Barbieri Bellolio, Subsecretaria de Pesca (S).




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