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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2007


MODIFICA DECRETO N° 775 EXENTO, DE 2003, QUE ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS EN LA XI REGION
Núm. 285 exento.- Santiago, 29 de enero de 2007.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, N° 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. N° 5 de 1983; los D.S. N° 355 de 1995, N° 572 de 2000 y N° 253 de 2002 y el decreto exento N° 775 de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el memorándum técnico DAD N° 01/07 de fecha 15 de enero de 2007, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; lo informado por el Departamento de Acuicultura de la Subsecretaría de Pesca mediante informe técnico (D.A.C.) N° 1.092, de fecha 4 de octubre de 2006; el D.S. N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo 1° numeral 3 del decreto exento N° 775 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Weste Isla Guerrero, en la XI Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
Que mediante memorándum técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada, con el objeto de regularizar la cartografía base del área;
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 1° numeral 3. del decreto exento N° 775 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Weste Isla Guerrero, en la XI Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas por las siguientes:
CARTA SHOA N° 8720 ESC. 1:50.000 1° ED. 2003
PuntosLatitudLongitudA45°46’19.85074°33’36.33B45°46’43.55074°33’46.57C45°47’00.06074°34’04.38D45°47’36.80074°34’37.22E45°47’33.17074°35’04.58F45°46’13.48074°34’05.75G45°46’13.54074°33’56.32H45°46’19.12074°33’50.82
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Ana María Correa López, Ministra de Economía, Fomento y Reconstrucción (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Carlos Hernández Salas, Subsecretario de Pesca.




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