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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2008




Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
SUSPENDE VEDA BIOLÓGICA PARA EL RECURSO PULPO EN EL ÁREA MARÍTIMA QUE INDICA
Núm. 1.483 exento.- Santiago, 12 de noviembre de 2008.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de esta Subsecretaría de Pesca en Memorándum Técnico (R.Pesq.) N° 77, de fecha 21 de octubre de 2008; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; el DFL N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; el decreto exento N° 254 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la comunicación previa al Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones.
Considerando:
Que mediante decreto exento N° 254 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se estableció una veda biológica para el recurso Pulpo (Familia Octopodidae), en el área marítima comprendida entre la I y IV Regiones, entre el 1° de junio y 31 de julio de cada año, ambas fechas inclusive, y entre el 1° de noviembre de cada año y el 28 de febrero del año calendario siguiente, ambas fechas inclusive.
Que el artículo 3° letra a) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para establecer vedas biológicas por especie en un área determinada.
Que la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca ha recomendado suspender la citada medida administrativa, en el área marítima de la III Región, entre el 1° de noviembre de 2008 y el 30 de noviembre de 2008, ambas fechas inclusive.
Que se ha comunicado previamente esta medida de administración al Consejo Zonal de Pesca correspondiente,
Decreto:
Artículo único.- Suspéndase, en el área marítima de la III Región, entre el 1 de noviembre de 2008 y el 30 de noviembre de 2008, ambas fechas inclusive, la veda biológica sobre el recurso Pulpo (Familia Octopodidae), establecida en el DS N° 254 de 2000, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Jean Jacques Duhart Saurel, Ministro (S) de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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