GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009


Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N° 479 EXENTO, DE 2009
Núm. 1.249 exento.- Santiago, 21 de agosto de 2009.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, en memorándum técnico (R.Pesq.) N° 85/2009, de fecha 19 de agosto de 2009, y por el Director Zonal de Pesca de la XIV, X y XI Regiones, mediante oficio Ord./Z4/N° 193, de fecha 18 de agosto de 2009; lo dispuesto en el artículo 32 N° 8, de la Constitución Política de la República; el DFL N° 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento N° 479, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la comunicación previa al Consejo Zonal de Pesca de la XIV, X y XI Regiones.
Considerando:
Que mediante decreto exento N° 479, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se fijaron las cuotas anuales de captura para el recurso de Erizo Loxechinus albus, a ser extraídas en la X y XI Regiones, año 2009.
Que habiéndose agotado la cuota fijada para la X Región, en el área comprendida al norte de las Islas Chauques, se ha recomendado aumentar la cuota anual de captura fijada para esta zona.
Que el artículo 3° de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para fijar cuotas anuales de captura por especie en un área determinada.
Que se ha comunicado previamente esta medida de administración al Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones,
Decreto:
Artículo único.- Modifíquese el artículo 1° del decreto exento N° 479, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido siguiente:
a) Reemplázase la frase "La cuota total de 16.500 toneladas se distribuirá geográficamente de la siguiente forma:
- 1.200 toneladas para ser extraídas en el área marítima de la X Región, comprendida al norte de las Islas Chauques." por la expresión "La cuota total de 16.970 toneladas se distribuirá geográficamente de la siguiente forma:
- 1.670 toneladas para ser extraídas en el área marítima de la X Región, comprendida al norte de las Islas Chauques.".
b) Incorpórese el siguiente inciso 2°: "La actividad extractiva sobre el recurso Erizo en la X Región, en la zona comprendida al norte de las Islas Chauques, se podrá realizar conforme a los siguientes términos:
- 50 toneladas a ser extraídas desde el 24 al 31 de agosto de 2009.
- 200 toneladas a ser extraídas desde el 1 al 30 de septiembre de 2009.
- 100 toneladas a ser extraídas desde el 1 al 14 de octubre de 2009.".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Hugo Lavados Montes, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente