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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2009



Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N°336 EXENTO, DE 2003, QUE ESTABLECE ÁREA DE MANEJO Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS BENTÓNICOS EN LA XI REGIÓN
Núm. 1.275 exento.- Santiago, 26 de agosto de 2009.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N°6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura, N°18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N°430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DFL N°5 de 1983; los DS N°355 de 1995, N°572 de 2000, N°253 de 2002 y N°357 de 2005, y los decretos exentos N°336 de 2003 y N°400 de 2004, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Memorándum Técnico DAD N°04/09 de fecha 4 de agosto de 2009, de la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca; el DS N°19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N°1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo 1° numeral 4) del decreto exento N°336 de 2003, rectificado por el decreto exento N°400 de 2004, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, estableció el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Islote Queulat, en la XI Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada, con el objeto de regularizar la cartografía base del área;
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 1° numeral 4) del decreto exento N°336 de 2003, rectificado por el decreto exento N°400 de 2004, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que estableció el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Islote Queulat en la XI Región, en el sentido de reemplazar sus coordenadas geográficas y carta de referencia por las siguientes:
(DATUM WGS-84)

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Sra. Presidenta de la República, Hugo Lavados Montes, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Jorge Chocair Santibáñez, Subsecretario de Pesca.




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