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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N° 639 EXENTO, DE 2002, QUE ESTABLECIÓ ÁREAS DE MANEJO Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS BENTÓNICOS EN LA IV REGIÓN
Núm. 660 exento.- Santiago, 7 de junio de 2010.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca mediante en Memorándum Técnico (DAD) N° 03/10, de fecha 9 de febrero de 2010; el Oficio (D.P.) Ord. N° 2077, de fecha 14 de octubre de 2009, de esta Subsecretaría; lo informado por la Subsecretaría de Marina, mediante Oficio S.S.M. Ord. N° 6025/393 SSP, de fecha 26 de enero de 2010; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley N° 19.492; el DFL N° 5, de 1983; los DS N° 355 de 1995, N° 572 de 2000, N° 253 de 2002, N° 357 de 2005, N° 49 de 2009, y el decreto exento N° 639 de 2002, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo 1° numeral 2.- del decreto exento N° 639 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobó el establecimiento de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Los Lobos, en la IV Región, de conformidad con la facultad y el procedimiento establecido en el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura;
Que mediante Memorándum Técnico citado en Visto, la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, recomienda modificar las coordenadas geográficas del área de manejo y explotación de recursos bentónicos antes individualizada, con el objeto de regularizar la cartografía base del área;
Que se ha informado de la modificación de esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del DS N° 355 de 1995, citado en Visto,
Decreto:
Artículo único: Modifícase el artículo 1° numeral 2.- del decreto exento N° 639 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el área de manejo y explotación de recursos bentónicos denominada Los Lobos, en la IV Región, en el sentido de reemplazar la cartografía base y coordenadas geográficas por las siguientes:
COORDENADAS GEOGRÁFICAS REFERIDAS A LA CARTA SHOA 4310, ESCALA 1:50.000, EDICIÓN 2004, DATUM WGS-84
PuntosLatitud (S)Longitud (W)
A31° 57’ 18.02071° 29’ 55.55
B31° 57’ 18.04071° 31’ 22.28
C31° 57’ 01.91071° 31’ 22.31

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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