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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


SUBSECRETARÍA DE PESCA
OFICIALIZA NOMINACIÓN DE LOS MIEMBROS QUE INDICA DEL CONSEJO ZONAL DE PESCA DE LA V, VI, VII, VIII Y IX REGIONES E ISLAS OCEÁNICAS. ABRE PERÍODO EXTRAORDINARIO DE NOMINACIONES A CARGOS DECLARADOS VACANTES. DEJA SIN EFECTO DECRETO SIN TRAMITAR
Núm. 183.- Santiago, 16 de junio de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los DS N° 453 de 1992, N° 421 de 2000, N° 24 de 2006, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Informe de cómputos aprobado mediante resolución exenta N° 677 de 2010 de la Subsecretaría de Pesca; la ley N° 10.336; el decreto supremo N° 72 de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, sin tramitar; la resolución exenta N° 1.673 de 2010, que inició procedimiento de invalidación postulaciones al Consejo Zonal de Pesca de la V, VI, VII, VIII y IX Regiones e Islas Oceánicas, cargo en representación de las organizaciones gremiales de tripulantes de naves pesqueras.
Considerando: Que en virtud de lo previsto en el artículo 152 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, los Consejos Zonales de Pesca están integrados por los titulares de los cargos que se mencionan y por los representantes de las organizaciones y entidades que se señalan, correspondiendo al Presidente de la República oficializar la nominación definitiva de estos últimos, tanto en calidad de titulares como suplentes,
Decreto:
Artículo 1°.- Oficialícese como miembros titulares y suplentes del Consejo Zonal de Pesca de la V, VI, VII, VIII y IX Regiones e Islas Oceánicas a las siguientes personas:
I. En representación de las Universidades o Institutos Profesionales:
1. Primer cargo:
a) Guillermo Martínez González, RUT N° 7.550.725-9, en calidad de titular.
b) Exequiel González Poblete, RUT N°7.398.439-4, en calidad de suplente.
2. Segundo cargo:
Cargo vacante, por cuanto no se presentaron postulaciones dentro del plazo reglamentario.
II. En representación de las organizaciones gremiales del sector empresarial:
1. En representación de los pequeños armadores industriales:
Cargo vacante, por cuanto no se presentaron postulaciones en el plazo reglamentario.
III. En representación de las organizaciones gremiales del sector pesquero artesanal:
1. En representación de las organizaciones gremiales del sector pesquero artesanal. Cargo Armador Artesanal:
Cargo vacante, por cuanto no se presentaron postulaciones dentro del plazo reglamentario.
2. En representación de las organizaciones gremiales del sector pesquero artesanal. Cargo Pescador Artesanal:
Cargo vacante, por cuanto no se presentaron postulaciones dentro del plazo reglamentario.
3. En representación de las organizaciones gremiales del sector pesquero artesanal. Cargo mariscador o alguero.
Cargo vacante, por cuanto no se presentaron postulaciones dentro del plazo reglamentario.
Artículo 2°.- Los Consejeros titulares y suplentes designados en conformidad al presente decreto, durarán en sus funciones un plazo máximo de cuatro años, contado desde la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, terminados los cuales deberán ser reemplazados.
Artículo 3°.- Para efectos de proceder a la nominación de cargos declarados vacantes en el artículo 1° del presente decreto, declárese abierto un periodo extraordinario de postulaciones de 60 días corridos, a contar de la fecha de publicación del presente decreto.
Las postulaciones deberán hacerse en la forma y de acuerdo con los requisitos previstos en el DS N°453 de 1992, modificado por DS N° 421 de 2000, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Artículo 4°.- Déjese sin efecto el decreto supremo N° 72 de fecha 25 de febrero de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, sin tramitar, en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, como asimismo en consideración a lo dispuesto en la resolución exenta N° 1.673 de 2010 de la Subsecretaría de Pesca.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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