GobiernoTransparente

MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2010


Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
SUSPENDE VEDAS BIOLÓGICAS DE LANGOSTA EN ÁREAS MARÍTIMAS QUE INDICA
Núm. 920 exento.- Santiago, 18 de agosto de 2010.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca, en memorándum técnico (R. Pesq.) N° 070/2010, de fecha 15 de julio de 2010; lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República, el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. N° 1.241 de 1951, del Ministerio de Economía y Comercio; los D.S. N° 223 de 1963 y N°399 de 1967, ambos del Ministerio de Agricultura; el decreto exento N° 311 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. N° 19 del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; las comunicaciones previas al Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas.
Considerando:
Que la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca ha recomendado suspender las vedas biológicas de Langosta (Jasus frontalis) en las áreas marítimas correspondientes al Archipiélago de Juan Fernández e Islas San Félix y San Ambrosio, entre el 1 y el 30 de septiembre de 2010, ambas fechas inclusive.
Que el artículo 3° de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para establecer vedas biológicas por especie en un área determinada.
Que se ha comunicado esta medida de conservación al Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas,
Decreto:
Artículo único.- Suspéndase entre el 1 y el 30 de septiembre de 2010, ambas fechas inclusive, las vedas biológicas de Langosta (Jasus frontalis) en las áreas marítimas correspondientes al Archipiélago de Juan Fernández e Islas San Félix y San Ambrosio, establecidas mediante D.S. N° 1.241 de 1951, del Ministerio de Economía y Comercio; D.S. N° 223 de 1963, modificado mediante D.S. N° 399 de 1967, ambos del Ministerio de Agricultura y decreto exento N° 311 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




VolverTamaño de Fuente