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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2011


OFICIALIZA NOMINACIÓN DE LOS MIEMBROS QUE INDICA DEL CONSEJO ZONAL DE PESCA DE LA III Y IV REGIONES
Núm. 267.- 12 de noviembre de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los DS N° 453 de 1992, N° 421 de 2000 y N° 247 de 2006 todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el Informe de cómputos aprobado mediante resolución exenta N° 2.677 de 2010 de la Subsecretaría de Pesca; la Ley N° 10.336.
Considerando: Que en virtud de lo previsto en el artículo 152 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, los Consejos Zonales de Pesca están integrados por los titulares de los cargos que se mencionan y por los representantes de las organizaciones y entidades que se señalan, correspondiendo al Presidente de la República oficializar la nominación definitiva de estos últimos, tanto en calidad de titulares como suplentes.
Decreto:
Artículo 1°.- Oficialícese como miembros titulares y suplentes del Consejo Zonal de Pesca de la III y IV Regiones a las siguientes personas:
I. En representación de las universidades o institutos profesionales de la zona, reconocidos por el Estado, vinculados a unidades académicas directamente relacionadas con las ciencias del mar:
Primer cargo:

a) Enzo Héctor Acuña Soto, RUT N° 6.273.419-1, en calidad de titular.
b) Héctor Ricardo Flores Gatica, RUT N° 7.239.236-1, en calidad de suplente.
II. En representación de las entidades sin fin de lucro que tengan como objeto fundamental la defensa del medio ambiente o la preservación de los recursos naturales, o la investigación de los recursos naturales, o la investigación:
a) Héctor Téllez Alvarado, RUT N° 6.917.673-9, en calidad de titular.
b) Pedro Gutiérrez Rojas, RUT N° 7.634.860-K, en calidad de suplente.
Artículo 2°.- Los Consejeros titulares y suplentes desígnados en conformidad al presente decreto, durarán en sus funciones un plazo máximo de cuatro años, contado desde la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial, terminados los cuales deberán ser reemplazados.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Juan Andrés Fontaine Talavera, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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