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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2011


SUBSECRETARÍA DE PESCA
(Extractos)
MODIFICA DECRETO N° 1.453 EXENTO, DE 2010
Por decreto exento N°890, de 30 de septiembre de 2011 de este Ministerio, modifícase el artículo 9° del decreto exento N°1.453 de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que estableció la cuota global anual de captura de la unidad de pesquería de Merluza común a ser extraída en el área marítima comprendida entre la IV Región y el paralelo 41°28,6‘ LS, año 2011, en el sentido de reemplazar su inciso 2° por el siguiente: "La fracción artesanal de la cuota global anual de captura de Merluza común antes autorizada podrá ser reasignada durante el segundo semestre en una o más regiones o áreas sometidas al Régimen Artesanal de Extracción. La reasignación podrá comprender la totalidad (100%) de los remanentes no capturados durante el primer semestre.".
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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