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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012


MODIFICA DECRETO N° 101 EXENTO, DE 2012
Por decreto exento N° 447, de 8 de mayo de 2012, de este Ministerio, modifícase el artículo 1° letra d) del decreto exento N° 101, de 2012, modificado mediante decreto exento N° 379, de 2012, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fijó para el año 2012 una cuota anual de captura para el recurso Congrio dorado, a ser extraída fuera de sus unidades de pesquería, individualizadas en el DS N° 354, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y de las de las aguas interiores, en el sentido de incrementar dicha cuota en 75 toneladas, a ser extraídas en calidad de especie objetivo, fraccionadas de la siguiente manera:
a) 37 toneladas para ser extraídas en el área marítima de la XV a la IX Regiones;
b) 38 toneladas para ser extraídas en el área marítima de la XIV Región.
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Valparaíso, 8 de mayo de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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