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MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y TURISMO SUBSECRETARIA DE PESCA


DO 2012




Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
SUBSECRETARÍA DE PESCA
MODIFICA DECRETO N° 20 EXENTO, DE 2011
(Extracto)
Por decreto exento N° 810 de 9 de agosto de 2012, de este Ministerio, modifícase el decreto exento N° 20 de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que estableció una veda biológica para el recurso Merluza común, en el área marítima comprendida entre el límite norte de la IV Región y el paralelo 41°28,6‘ L.S., entre el 1 de septiembre y el 30 de septiembre de cada año calendario, ambas fechas inclusive, en el sentido de reemplazar el inciso 2° del artículo 3°, por el siguiente:
Asimismo, autorízase la extracción del recurso Merluza común en calidad de fauna acompañante en la pesca dirigida a Langostino amarillo, Langostino colorado y Camarón nailon, con red de arrastre, en un porcentaje máximo de un 1%, medido en peso en relación con la especie objetivo, por viaje de pesca..
El texto íntegro del presente decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.
Valparaíso, 9 de agosto de 2012.- Pablo Galilea Carrillo, Subsecretario de Pesca.




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